Industrias culturales y artes

Normas:

  1. Descarga la Resolución Directoral N° 061 que amplia el plazo para presentar solicitudes.
  2. Descarga la Resolución Directoral N° 084 que designa a los miembros del Comité Independiente de Evaluación para el sector de las artes escénicas, artes visuales y música.

Dirigidos a:

Personas naturales, personas naturales en representación de colectivos no inscritos en la SUNARP y personas jurídicas del ámbito de las industrias culturales y artes. 


Monto otorgado:

  1. Personas naturales (trabajador cultural independiente): S/ 2 000,00 (dos mil con 00/100 soles).
  2. Personas naturales en representación de organizaciones culturales no inscritas ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP (colectivos): S/ 7 850,00 (siete mil ochocientos cincuenta con 00/100 soles).
  3. Personas jurídicas legalmente constituidas (empresas o asociaciones civiles): S/ 10 000,00 (diez mil con 00/100 soles).


Requisitos:

  1. Desarrollar actividades en el ámbito de las industrias culturales y las artes.
  2. Encontrarse en situación de afectación socioeconómica por la continuidad de la Emergencia Sanitaria.
  3. Haber presentado una solicitud de subvención y/o propuestas para mitigar los efectos socioeconómicos generados por la Emergencia Sanitaria al Ministerio de Cultura durante el año 2020.
  4. Contar con contar con la condición de aptos y/o contar con opinión favorable a la solicitud de subvención para mitigar los efectos socioeconómicos generados por la Emergencia Sanitaria al Ministerio de Cultura durante el año 2020.
  5. Las personas naturales y jurídicas deben encontrarse inscritas en el registro único de contribuyentes (RUC) y mantener su condición de habido y activo ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT).
  6. En el caso de las personas jurídicas, estar debidamente inscritas y vigentes ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y su objeto social debe incluir la realización de actividades culturales o vinculadas a éstas. 
  7. En el caso de las personas naturales en representación de organizaciones culturales no inscritas ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, adjuntar documento firmado por sus miembros que autorice a presentar la solicitud y que manifiesten que forman parte de la organización.
     

Solicitud:

  1. Las solicitudes podrán realizarse a través de la Plataforma Virtual del Ministerio de Cultura desde el 5 de abril hasta las 4:30 p.m. del 7 de mayo del 2021: https://plataformamincu.cultura.gob.pe/administrados

Material de ayuda:

  1. Descarga la Guía rápida de procesos para los apoyos económicos 2021: de la convocatoria y montos a pagar, pasos para ingresar a la plataforma virtual, proceso de pagos, de las solicitudes a beneficiar.
  2. Descarga el Tutorial de solicitud aquí.

Beneficiarios:

  1. Descarga la lista de personas naturales y jurídicas vinculadas al sector de las industrias culturales y artes beneficiadas en el marco del Decreto de Urgencia 027-2021.
  2. Resolución Directoral de beneficiarios
  3. Resolución Directoral de beneficiarios
  4. Resolución Directoral de beneficiarios
  5. Resolución Directoral de beneficiarios
  6. Resolución Directoral de beneficiarios
  7. Resolución Directoral de beneficiarios
  8. Resolución Directoral de beneficiarios
  9. Resolución Directoral de beneficiarios
  10. Resolución Directoral de beneficiarios
  11. Resolución Directoral de beneficiarios
  12. Resolución Directoral de beneficiarios
  13. Resolución Directoral de beneficiarios
  14. Resolución Directoral de beneficiarios
  15. Resolución Directoral de beneficiarios
  16. Resolución Directoral de beneficiarios
  17. Resolución Directoral de beneficiarios
  18. Resolución Directoral de beneficiarios

Consultas:

  1. Central telefónica: (01) 618 9393, anexos: 3511 y 4162.
  2. Whatsapp:  922 881 293
  3. Correo electrónico: consultasdgia@cultura.gob.pe
  4. La atención se realiza de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.